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Análisis · SII6 min de lectura

Ley de Cumplimiento Tributario 2026: qué cambia para emprendedores que venden sin boleta

La Ley 21.713 obliga a plataformas de pago, bancos y organismos del Estado a verificar tu inicio de actividades. Qué dice la ley, qué riesgos corres si vendes informal y los pasos concretos para formalizarte.

TL;DR6 min de lectura

Si vendes por Instagram, Mercado Libre o ferias y no tienes inicio de actividades, la Ley 21.713 te afecta directamente: desde enero de 2026, plataformas de pago, marketplaces, bancos y órganos del Estado deben verificar tu inicio de actividades. Las consecuencias concretas: bloqueo de medios de pago, imposibilidad de operar en plataformas y fiscalización basada en reportes bancarios que comenzaron en julio de 2025. Formalizarte es gratuito y 100% en línea.

Si vendes productos por Instagram, Mercado Libre o en ferias, y todavía no tienes inicio de actividades en el SII, la Ley 21.713 de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias te afecta directamente. Desde enero de 2026, las plataformas de pago, los bancos y los organismos del Estado están obligados a verificar que tengas tu inicio de actividades al día.

No se trata de una amenaza genérica: las consecuencias son concretas — bloqueo de medios de pago electrónico, imposibilidad de operar en plataformas digitales y exposición a fiscalización del SII basada en reportes bancarios que ya comenzaron en julio de 2025.

Qué es la Ley 21.713 y por qué te afecta si vendes informal

La Ley 21.713 fue publicada en el Diario Oficial el 24 de octubre de 2024. Forma parte del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal, y su objetivo principal es reducir la informalidad y la evasión tributaria. Para lograrlo, el SII recibió nuevas herramientas de fiscalización que afectan directamente a quienes realizan actividades económicas sin estar formalizados. Si antes podías vender por redes sociales y recibir pagos sin que nadie te pidiera papeles, eso cambió.

Quiénes están obligados a verificar tu inicio de actividades

Desde el 1 de enero de 2026, la ley obliga a cuatro tipos de entidades a exigir que acredites tu inicio de actividades ante el SII:

  • Operadores de medios de pago electrónico: si usas Transbank, Mercado Pago, Flow o cualquier procesador de pagos para tu negocio, deben verificar tu inicio de actividades; sin él, pueden bloquearte el servicio.
  • Plataformas digitales de intermediación: Mercado Libre, Uber, Rappi y similares deben exigir acreditación tributaria a quienes ofrecen productos o servicios.
  • Órganos de la administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades: cuando necesites una autorización para desarrollar actividad económica (patente municipal, permiso de feria), te pedirán el inicio de actividades.
  • Bancos comerciales: para solicitar créditos o préstamos como persona jurídica u otra entidad empresarial.

El reporte bancario al SII

Uno de los cambios que más preocupa a quienes venden de manera informal es el nuevo artículo 85 ter del Código Tributario, introducido por la Ley 21.713: obliga a las entidades financieras a reportar al SII la cantidad de abonos que reciben personas naturales o jurídicas con domicilio en Chile. El primer informe fue entregado en julio de 2025, con los movimientos del primer semestre de ese año.

Si recibes un volumen alto de transferencias asociadas a ventas, el SII puede cruzar esa información con tu situación tributaria. Si no tienes inicio de actividades, quedas expuesto a fiscalización.

Consecuencias concretas si no te formalizas

  • Bloqueo de medios de pago electrónico: las plataformas de pago están obligadas a exigir tu acreditación; sin inicio de actividades pueden suspender tu cuenta o retener fondos.
  • Imposibilidad de operar en plataformas digitales: los marketplaces y aplicaciones de transporte deben verificar tu situación antes de permitirte operar.
  • Multas del SII: la falta de inicio de actividades y la no emisión de documentos tributarios expone a infracciones de 1 UTM hasta 40 UTA, según gravedad y reiteración.
  • Impedimento para acceder a beneficios estatales: programas como Capital Abeja y Sercotec Semilla exigen inicio de actividades como requisito base.
  • Restricción bancaria: si necesitas crédito como persona jurídica, el banco te pedirá acreditar cumplimiento tributario.

Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría tributaria específica. Antes de tomar decisiones, verifica la información actualizada en sii.cl o consulta con un contador.

Cómo formalizarte: 3 pasos concretos

La buena noticia: formalizarte ante el SII es gratuito, 100% en línea y rápido.

Paso 1: obtén tu clave tributaria

Si nunca has interactuado con el SII, necesitas una clave tributaria: se obtiene en línea desde el portal del SII con tu RUT y cédula de identidad.

Paso 2: haz tu inicio de actividades

El trámite está disponible en línea en sii.cl. Puedes hacerlo como persona natural (segunda categoría si prestas servicios, primera si vendes productos) o como persona jurídica si ya constituiste una empresa. La guía paso a paso está en inicio de actividades en el SII. Un dato que tranquiliza: según el SII, no está penalizada la declaración de inicio de actividades si luego no emites boletas ni desarrollas actividad económica — formalizarte no te obliga a vender inmediatamente.

Paso 3: resuelve tu domicilio tributario

Para completar el inicio de actividades, el SII te pide un domicilio tributario. Puedes usar tu dirección personal, pero muchos emprendedores prefieren no exponer su domicilio particular: una oficina virtual entrega un domicilio válido ante el SII sin arrendar oficina física. El SII ha confirmado en sus pronunciamientos que las oficinas virtuales son aceptadas cuando la actividad es compatible. El plan tributario incluye dirección, contrato con firma electrónica avanzada y recepción de correspondencia oficial.

La misma Ley 21.713 incluyó beneficios transitorios para contribuyentes con deudas tributarias vencidas: la Tesorería General de la República ofreció facilidades de pago en cuotas para deudas giradas hasta el 31 de diciembre de 2023, con condonación de intereses y multas. Varios de esos plazos ya vencieron: consulta directamente en la TGR o en tu oficina del SII si aún existen facilidades vigentes para tu caso.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

Sobre el autor

Felipe Gormaz ArellanoCEO · Área tributaria

Contador auditor y magíster en tributación (Universidad de Chile) con más de 20 años en el sector privado. Cofundador de Oficina Virtual, la operación de oficinas virtuales que el grupo levantó en Chile en 2011, y tax manager en Smart CFO. Aporta el respaldo técnico tributario detrás de Oficina Virtual.

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